BASES DE LA PROMOCIÓN
1. PROMOTOR, MODALIDAD DE PROMOCIÓN Y FINALIDAD
1.1. ASUNTOS Y GESTIONES, S.L., sociedad domiciliada en Pamplona (Navarra), Polígono Landaben, Calle A, inscrita en el Registro Mercantil de Navarra al Tomo 916, Folio 89, Hoja NA-18537, y provista de C.I.F. número B-31739311 (en adelante, “AyG”), ha decidido poner en marcha un sorteo de un (1) desbobinador para tubería de suelo radiante de la marca PRESSMAN, en el marco de una campaña de promoción de la citada marca (en adelante, “La Promoción).
1.2. AyG es una empresa dedicada, entre otras actividades, a la prestación de servicios a las entidades que forman parte, junto a ella, del denominado “Grupo SALTOKI”, cuya actividad se centra en la distribución de materiales para la construcción, las instalaciones de calefacción, de fontanería, de climatización, de electricidad, de saneamiento, herramientas y similares.
1.3. La Promoción consiste en una combinación aleatoria con fines promocionales, en el sentido del artículo 3.i) de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego («BOE» de 28 de mayo de 2011).
1.4. La finalidad de la presente campaña es la de promocionar la marca PRESSMAN.
2. ÁMBITOS SUBJETIVO, TERRITORIAL Y TEMPORAL DE LA PROMOCIÓN
2.1. La Promoción tiene ámbito estatal y está dirigida a todas aquellas personas mayores de edad que cumplimenten el formulario habilitado a tal efecto en la página web de PRESSMAN.
2.2. La Promoción se desarrollará entre las 00.01h del 2 de diciembre de 2024 y las 23:59h del 2 de febrero de 2025.
2.3. El sorteo del premio se llevará a cabo a lo largo del día 5 de febrero de 2025, siguiendo las pautas establecidas en el Apartado 5 del presente documento.
2.4. La entrega del premio se realizará siguiendo las pautas establecidas en los Apartados 3 y 6 del presente documento.
3. PREMIO
3.1. El premio de la Promoción consiste en:
- Un (1) desbobinador para tubería de suelo radiante de la marca PRESSMAN
4. REQUISITOS PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA PROMOCIÓN
4.1. Para poder tener derecho a participar en la Promoción es requisito indispensable que, entre las 00.01h del 2 de diciembre de 2024 y las 23:59 h del 2 de febrero de 2025, ambos inclusive, se cumplimente correctamente el formulario de la siguiente página: https://sistemasdetuberiapressman.com/sorteo-desbobinador/
4.2. De esta manera, el derecho a participar en la Promoción se adquirirá mediante la asignación, sin sobreprecio ni tarificación adicional alguna, de una (1) participación por cada participante que, cumpla el requisito establecido en el apartado 4.1. precedente.
4.3. A la conclusión de la presente Promoción, se procederá a asignar aleatoriamente un número identificativo a cada una de las participaciones en el sorteo, generadas conforme a lo previsto en el presente Apartado, identificándose al concreto participante al que las mismas corresponden.
De esta manera, habrá un único listado de participaciones para todos los participantes que cumplan los requisitos establecidos en la presente Promoción, y se llevará a cabo un (1) sorteo para designar al ganador del desbobinador descrito en el apartado 3 del presente documento.
4.4. Formarán parte de los sorteos todas las participaciones obtenidas como resultado de haber cumplido los requisitos establecidos en el presente Apartado, sin perjuicio del derecho de cada participante a renunciar a su participación en la promoción.
5. MECÁNICA DEL SORTEO
5.1. El sorteo del premio se celebrará el día 5 de febrero de 2025, a través de la siguiente dirección URL: https://app-sorteos.com/es u otra de similares características.
5.2. Respecto de todos aquellos participantes que cumplan los requisitos para participar en la Promoción, se extraerá una (1) participación que designará al ganador del desbobinador de la marca PRESSMAN.
5.3. No se va a designar a ningún suplente, por lo que en el caso que el ganador renuncie al premio que le corresponda, el premio se declararía desierto.
5.4. El premio se declararía desierto en el supuesto de producirse cualquiera de las siguientes circunstancias:
- Que la identificación del ganador resulte incompleta o incorrecta,
- Que el ganador incumpla alguna de las Bases de la Promoción recogidas en el presente documento,
- Que el ganador renuncie al premio que le corresponda,
- Que no se reciba respuesta/aceptación del ganador en un plazo máximo de cinco (5) días naturales desde la fecha de celebración del sorteo, o en el mismo plazo no se localice al mismo.
6. COMUNICACIÓN Y ENTREGA DEL PREMIO
6.1. Tras la celebración del sorteo, AyG procederá a comunicar telefónicamente, o a través de la dirección de mail indicada por el agraciado el premio que le corresponde.
6.2. En caso de no localizar al ganador o de no recibir aceptación/respuesta por parte del mismo en el plazo de cinco (5) días naturales desde la fecha de celebración del sorteo, se procederá a declarar desierto el premio.
6.3. Una vez aceptado el premio, se procederá a informar al respectivo ganador sobre el procedimiento para la entrega y disfrute del mismo.
6.4. Para las comunicaciones relacionadas con esta Promoción, AyG utilizará los datos que figuren en los formularios que cumplimenten los participantes de la presente Promoción.
En el supuesto de que cualquier error o deficiencia en dicha información impidiese contactar con el ganador en el plazo previsto en el punto precedente, el mismo perdería tal condición, quedando exonerada AyG de cualquier responsabilidad por dicho motivo.
6.5. El premio no será transmitible por ningún medio, ni mediante transmisiones inter vivos ni mortis causa.
7. ASPECTOS FISCALES Y OTROS GASTOS
7.1 La entrega del premio incluido en la presente Promoción quedará sujeta a la normativa fiscal vigente en dicho momento.
7.2. En este sentido, AyG practicará el correspondiente ingreso a cuenta del tributo directo al que el agraciado pudiera encontrarse sujeto, sobre la base del premio entregado, sin repercutirle cantidad alguna por este concepto.
7.3. AyG se hará cargo del impuesto sobre actividades del juego que pudiera devengarse como resultado de la entrega del premio de la Promoción.
7.4. Los ganadores del sorteo deberán cumplir con sus obligaciones fiscales resultantes de la entrega del premio, en caso de que las hubiese. Para ello, AyG, expedirá, si fuera necesario, los correspondientes certificados de retenciones e ingresos a cuenta del tributo directo al que cada uno de los agraciados pudiera encontrarse sujeto, según la normativa vigente en el momento de entrega del premio.
7.5. AyG no será, en ningún caso, responsable del incorrecto tratamiento fiscal que pudieran hacer los ganadores respecto del premio obtenido.
7.6. La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los agraciados tiene carácter legal y resulta obligatoria para recibir el premio, de forma que la ausencia o negativa a justificar cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho a su obtención.
8. AUTORIZACIÓN PARA LA UTILIZACIÓN DE LA IMAGEN DEL AGRACIADO
8.1. Con la aceptación de las presentes Bases el ganador del premio AUTORIZA expresamente a AyG, para reproducir y utilizar su nombre o denominación social y su imagen, en cualquier tipo de publicidad, promoción, publicación, por cualquier medio, con fines comerciales o informativos, siempre que los mismos se relacionen con la presente Promoción, sin derecho a recibir contraprestación o compensación alguna por dicho motivo.
Entre otros, dicha utilización podrá abarcar la publicación de su identificación y su foto en la página web de PRESSMAN (https://sistemasdetuberiapressman.com/ ), y/o, en sus cuentas oficiales de cualquier red social.
8.2. En este sentido se hace constar que, al aceptar su participación en la Promoción, el participante consiente el tratamiento de sus datos con sujeción a lo establecido en el Apartado 9 siguiente.
8.3. La negativa a la utilización de los antedichos datos, de conformidad con lo previsto en el presente Apartado, supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.
9. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
9.1. AyG le informa que tratará los datos de carácter personal de los participantes con la finalidad de participar en un sorteo promocional, así como para el cumplimiento de cuantas obligaciones legales y fiscales le resulten de aplicación en su condición de entidad organizadora de la promoción.
El tratamiento de dichos datos personales resulta necesario para permitir la participación en la Promoción, de tal forma que la falta de consentimiento a su tratamiento en términos indicados imposibilitaría la inclusión del participante en la misma y, por consiguiente, la obtención del premio.
9.2. La base jurídica para el tratamiento de los datos personales descritos se encuentra en la propia gestión y desarrollo de la Promoción, habiéndose aceptado estos extremos al participar en la misma.
9.3. AyG conservará los datos personales de los participantes durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con las finalidades para las que fueron recabados, así como por los plazos adicionales de conservación que deba observar para dar cumplimiento a sus obligaciones legales.
9.4. AyG le informa que (i) puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad, así como oponerse al tratamiento de sus datos con fines promocionales, dirigiéndose a AyG, mediante un escrito acompañado de su DNI o documento equivalente, por las dos caras, que deberá remitirse a la siguiente dirección mail: lopd@sistemasdetuberiapressman.com; y (ii) tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de datos o ante cualquier otra Autoridad de Control competente, especialmente cuando no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos.
10. CONSIDERACIONES GENERALES
10.1. La simple participación en la Promoción supone la aceptación de estas Bases en su totalidad, por lo que cualquier manifestación de no aceptarlas, exigencia contraria a lo establecido en ellas, reserva o incumplimiento implicará la automática exclusión del participante, quedando AyG liberado del cumplimiento de las obligaciones contraídas por su parte para con dicho participante excluido en el marco de la Promoción.
10.2. AyG se reserva el derecho a modificar o ampliar estas Bases.
10.3. En el caso de personas físicas, la Promoción está limitada a mayores de 18 años, con residencia legal en España. Dicha circunstancia deberá acreditarse, si procede, mediante la presentación por parte de los adjudicatarios de su D.N.I., N.I.E. o pasaporte en el momento de la entrega del premio.
10.4. AyG queda eximido de toda obligación o compensación para con los participantes de la Promoción, si por causa de fuerza mayor o imperativo legal la Promoción hubiera de ser anulada o suspendida, a salvo del deber de poner dicha circunstancia en conocimiento de los participantes a la mayor brevedad posible a través de un anuncio en la página web ‘ https://sistemasdetuberiapressman.com/ ’.
10.5. AyG no tendrá responsabilidad alguna como consecuencia de las posibles anulaciones, defectos, suspensiones, aplazamientos, pérdidas, deterioros, robos, retrasos, accidentes, fuerza mayor, y/o cualquier otra circunstancia imputable a terceros que eventualmente pudiera afectar a la Promoción, o al premio objeto de la misma, y declinan toda responsabilidad por los daños o reclamaciones que pudieran producirse con relación a los mismos con posterioridad a la entrega del mismo.
10.6. La presente Promoción se regirá por sus propias Bases y, en lo no previsto en ellas, por la legislación española que les sea de aplicación. Cualquier litigio o discrepancia que pudiera plantearse entre AyG y los participantes, en cuanto a la interpretación o ejecución de las mismas, quedará sometido a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Pamplona, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder.
11. DEPÓSITO DE LAS BASES
11.1 Las presentes bases estarán a disposición de cualquier persona que desee consultarlas en la sede social de AyG, así como en su página web ‘ https://sistemasdetuberiapressman.com/sorteo-desbobinador/ ’.